Qué hacemos

Cláusula suelo
Nulidad de la cláusula y devolución de todo lo cobrado de más, con sus intereses.
Gastos de la hipoteca
Notaría, registro y gestoría que te cargaron en la firma y que corresponden al banco.
Tarjetas revolving y usura
Nulidad del crédito por usura o por falta de transparencia: solo devuelves lo que gastaste.
Fraudes y cargos no autorizados
Phishing, suplantación, compras que no hiciste: reclamamos la devolución al banco.
Ejecución hipotecaria
Defensa frente al desahucio, revisión de cláusulas abusivas y negociación con la entidad.
Deudas con bancos
Reclamaciones de préstamos, embargos y, si no puedes pagar, la Segunda Oportunidad.
Cláusula suelo: todavía se puede reclamar
La cláusula suelo impide que el interés de tu hipoteca baje de un mínimo aunque el Euríbor caiga. Es nula cuando el banco no te explicó con claridad, antes de firmar, su existencia y sus consecuencias económicas. Si se declara nula, el banco tiene que devolverte todo lo que cobró de más desde el primer día, con sus intereses: así lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 21 de diciembre de 2016 (asuntos C-154/15, C-307/15 y C-308/15), que dejó sin efecto la limitación temporal de la devolución que habían aplicado los tribunales españoles.
La reclamación previa al banco
Los bancos están obligados a tener un sistema de reclamación previa para la cláusula suelo, voluntario para el consumidor (art. 3 del Real Decreto-ley 1/2017). Tras recibirla, el banco tiene que hacer un cálculo desglosado de lo que debe devolver, con los intereses, o explicar por qué considera que no procede. El plazo máximo para llegar a un acuerdo y cobrar es de tres meses desde la reclamación. Si el banco no contesta, rechaza la reclamación o su cálculo no es correcto, queda abierta la vía judicial. Revisamos ese cálculo antes de que aceptes nada: es frecuente que no incluya todos los intereses.
Si ya firmaste un acuerdo con el banco en el que renunciabas a reclamar a cambio de bajar el suelo, no está todo perdido: esos acuerdos también pueden ser revisados si no fueron transparentes. Tienes más detalle en nuestra guía ¿puedo reclamar la cláusula suelo?.
Gastos de la hipoteca: quién tiene que pagar cada uno
Durante años los bancos cargaron al cliente todos los gastos de la hipoteca. Para los préstamos firmados con la Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario, la propia ley fija el reparto (art. 14.1.e):
En las hipotecas anteriores, lo habitual era una cláusula que cargaba todos los gastos al cliente. Esa cláusula es abusiva y nula, y los tribunales han ido fijando qué gastos debe devolver el banco en cada caso. Si firmaste tu hipoteca en Fuenlabrada hace años, reúne la escritura y las facturas de notaría, registro y gestoría: con ellas calculamos lo que se puede reclamar. El plazo para hacerlo es una cuestión discutida en los tribunales, así que conviene no esperar más.
IRPH y otras cláusulas de la hipoteca
El IRPH es un índice alternativo al Euríbor que muchas entidades usaron en préstamos a consumidores. Puede ser abusivo si el banco no informó de forma transparente sobre su evolución y su comparación con otros índices; cada caso depende de la documentación que te entregaron antes de firmar. También revisamos otras cláusulas frecuentes: comisiones por impago, intereses de demora, vencimiento anticipado o redondeos. Tráenos la escritura y te decimos qué se puede impugnar.
Tarjetas revolving: usura y falta de transparencia
En una tarjeta revolving pagas una cuota fija pequeña y la deuda se va renovando: con intereses altos, puedes pasar años pagando sin reducir apenas lo que debes. Hay dos vías para anularla:
- Usura (Ley de Represión de la Usura de 1908): el Tribunal Supremo, en Pleno, ha fijado que un crédito revolving es usurario cuando su interés supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de este tipo de operaciones publicado por el Banco de España para la fecha del contrato (STS 258/2023, que sigue la línea de la STS 149/2020). Si es usurario, el contrato es nulo y solo tienes que devolver el capital que gastaste: todo lo pagado por encima, en intereses, comisiones y seguros, se te devuelve.
- Falta de transparencia: si el interés o el sistema de amortización no te fueron explicados con claridad, la cláusula puede ser abusiva aunque el interés no llegue a usurario.
Para saberlo necesitamos el contrato y los extractos: si no los tienes, se pueden pedir al banco. En la primera consulta comparamos tu TAE con el tipo medio de la fecha y te decimos si hay caso.
Te han vaciado la cuenta: cargos que no hiciste
Phishing, llamadas o mensajes que suplantan al banco, duplicado de tu tarjeta SIM, compras en internet con tus datos: son cada vez más frecuentes, y la ley de servicios de pago te protege más de lo que el banco suele reconocer.
Avisa al banco sin demora
Bloquea la tarjeta o el acceso y comunica las operaciones que no reconoces. El plazo máximo para pedir la rectificación es de trece meses desde el cargo, pero hay que hacerlo en cuanto lo sepas (art. 43 del Real Decreto-ley 19/2018).
Denuncia
Presenta denuncia en la comisaría o en el juzgado con todos los datos: capturas, mensajes, llamadas y movimientos. En Fuenlabrada, el juzgado de guardia está en la calle Rumanía, 2.
Exige la devolución
Ante una operación no autorizada, el banco tiene que devolverte el importe de inmediato y, como tarde, al final del día hábil siguiente a que se le notifique, salvo que tenga motivos razonables para sospechar fraude del propio cliente y lo comunique (art. 45).
Dos reglas que cambian muchas reclamaciones:
- La prueba es del banco: si niegas haber autorizado una operación, corresponde al banco demostrar que se autenticó y registró correctamente, y el simple registro del uso de tu tarjeta o tus claves no basta, por sí solo, para probar que la autorizaste ni que actuaste con negligencia grave (art. 44).
- Tu responsabilidad tiene un límite: como regla general, solo soportas hasta 50 € de pérdidas por un instrumento de pago robado, perdido o usado indebidamente, salvo que actuaras con fraude o incumplieras tus obligaciones de forma deliberada o por negligencia grave. Y si el banco no exigía autenticación reforzada, solo respondes en caso de fraude (art. 46).
Lo que dice el banco no es la última palabra: la respuesta habitual es que «la operación se hizo con tus claves» y que fue culpa tuya. Muchas veces no es así: hay que analizar cómo se produjo el fraude, si el banco aplicó la autenticación reforzada y si detectó operaciones anómalas. Te ayudamos a reclamar con esos argumentos.
Si el banco quiere ejecutar tu hipoteca
Cuando dejas de pagar la hipoteca, el banco puede iniciar la ejecución hipotecaria, que se tramita en el juzgado del lugar donde está la vivienda. Antes de que llegue la subasta hay margen para actuar:
- Oponerse por cláusulas abusivas, como el vencimiento anticipado por muy pocas cuotas impagadas o intereses de demora abusivos. El juez tiene que controlarlas incluso de oficio.
- Negociar con la entidad una reestructuración, una carencia o una dación en pago.
- Revisar la Segunda Oportunidad si la deuda es inasumible: permite conservar la vivienda con un plan de pagos o cancelar la deuda que quede tras la ejecución. Lo explicamos en nuestra página de Segunda Oportunidad en Fuenlabrada.
Cómo se reclama al banco, paso a paso
Estudio de la documentación
Escritura, contrato, extractos o movimientos. Te decimos si hay caso, cuánto se puede recuperar y qué riesgos hay.
Reclamación al banco
Primero se reclama al servicio de atención al cliente de la entidad, o por el procedimiento específico en la cláusula suelo. Si no responde o rechaza, se puede acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España, cuyo informe no es vinculante.
Negociación previa
Desde la Ley Orgánica 1/2025 hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de demandar. La propia reclamación y la negociación entre abogados sirven para cumplirlo si se hacen bien.
Demanda
En las acciones de nulidad de condiciones generales, es competente el tribunal del domicilio del consumidor (art. 52.1.14.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil): si vives en Fuenlabrada, la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Fuenlabrada, en la calle Rumanía, 2, salvo que el Consejo General del Poder Judicial haya concentrado estos asuntos en plazas especializadas, algo que comprobamos en cada caso.
Sentencia y cobro
Si el banco es condenado, calculamos y ejecutamos la devolución con sus intereses.
Qué documentos necesitas
- Escritura de la hipoteca y, si las hubo, novaciones o acuerdos posteriores con el banco.
- Facturas de notaría, registro, gestoría y tasación de la firma.
- Contrato de la tarjeta o del préstamo y extractos de movimientos.
- En caso de fraude: capturas de mensajes y llamadas, la denuncia y la comunicación al banco.
- Cualquier respuesta del banco o del Banco de España.
Errores que conviene evitar
- Aceptar el primer cálculo del banco en la cláusula suelo sin revisar los intereses.
- Firmar un acuerdo o novación que incluya una renuncia a reclamar sin consultarlo.
- Seguir pagando solo la cuota mínima de una revolving sin revisar el interés.
- Tardar en avisar al banco de un cargo que no reconoces.
- Dar códigos o claves por teléfono a quien dice ser del banco: el banco nunca los pide.
- Esperar a la subasta para reaccionar ante una ejecución hipotecaria.
Cuánto cuesta
La primera consulta es gratuita y te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. En las reclamaciones en las que el banco es condenado, las costas suelen ir a su cargo. Si tus ingresos no superan los límites de la Ley 1/1996, puedes solicitar la asistencia jurídica gratuita. Y con nuestra iguala particular tienes consultas ilimitadas durante el año.
Relacionado
Si las deudas con bancos te superan, la vía es la Ley de Segunda Oportunidad. Si te van a embargar, lee qué hacer ante un embargo. Si el fraude es un delito del que quieres que responda su autor, te acompañamos con nuestros abogados penalistas en Fuenlabrada. Y si heredas una vivienda con hipoteca, mira a nuestros abogados de herencias en Fuenlabrada.
Un despacho de Fuenlabrada
Estamos en la Plaza de la Albufera, en Fuenlabrada, a poco más de un kilómetro de los juzgados de la calle Rumanía. Atendemos en horario de oficina en persona, por teléfono o por WhatsApp a vecinos de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Griñón y el resto del sur de Madrid.
También puede interesarte
Preguntas frecuentes: hipoteca
¿Todavía puedo reclamar la cláusula suelo?
Sí, si no se ha resuelto antes con una sentencia o un acuerdo válido. Si la cláusula es nula por falta de transparencia, el banco debe devolver todo lo cobrado de más desde el primer día, con sus intereses, como estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
¿Cuánto tarda el banco en contestar a una reclamación de cláusula suelo?
En el procedimiento de reclamación previa, el plazo máximo para llegar a un acuerdo y cobrar es de tres meses desde la reclamación. Si el banco no contesta o la rechaza, se puede ir a juicio.
Firmé un acuerdo con el banco para quitar el suelo, ¿puedo reclamar?
Depende de cómo se negoció. Los acuerdos con renuncia a reclamar también están sometidos a control de transparencia, así que hay que revisar el documento y lo que te explicaron antes de firmarlo.
¿Quién paga los gastos de la hipoteca?
En las hipotecas de la Ley 5/2019, el banco paga la notaría de la escritura, el registro y la gestoría, y el cliente la tasación. El impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca lo paga el banco desde el Real Decreto-ley 17/2018.
Mi hipoteca es anterior, ¿puedo recuperar los gastos?
La cláusula que cargaba todos los gastos al cliente es abusiva y nula, y los tribunales han ido fijando qué debe devolver el banco. Con la escritura y las facturas calculamos lo que se puede reclamar. El plazo es discutido en los tribunales, así que conviene no esperar.
¿El IRPH es abusivo?
Puede serlo si el banco no informó de forma transparente sobre el índice y su evolución frente a otros. Depende de la documentación entregada antes de firmar, así que hay que estudiar cada caso.
Preguntas frecuentes: tarjetas y préstamos
¿Cuándo es usura una tarjeta revolving?
Según el Tribunal Supremo, cuando su interés supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de las operaciones de tarjeta revolving publicado por el Banco de España para la fecha del contrato.
Si la revolving es usuraria, ¿qué recupero?
El contrato es nulo y solo tienes que devolver el capital que realmente gastaste. Todo lo que pagaste por encima, en intereses, comisiones y seguros, se te devuelve o se descuenta de la deuda.
No tengo el contrato de la tarjeta, ¿puedo reclamar?
Sí. Se puede pedir al banco una copia del contrato y los extractos. Si no los entrega, eso también juega en su contra en el procedimiento.
¿Y si el interés no llega a usura?
La cláusula de intereses puede ser abusiva igualmente si no se te explicó con claridad el interés o el sistema de amortización. Revisamos las dos vías.
Preguntas frecuentes: fraudes y cargos no autorizados
Me han hecho cargos que no reconozco, ¿qué hago?
Bloquea la tarjeta o el acceso, avisa al banco en cuanto lo sepas y presenta denuncia. El banco debe devolverte el importe de una operación no autorizada como tarde al final del día hábil siguiente a la notificación, salvo sospecha fundada de fraude del cliente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cargo no autorizado?
Hay que comunicarlo sin demora en cuanto lo detectes y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de trece meses desde la fecha del cargo.
El banco dice que la operación se hizo con mis claves, ¿pierdo?
No necesariamente. Es el banco quien debe probar que la operación se autenticó correctamente, y el registro del uso de tus claves no basta por sí solo para demostrar que la autorizaste o que fuiste gravemente negligente.
¿Cuánto tengo que asumir yo en un fraude?
Como regla general, hasta 50 € si la tarjeta o el instrumento de pago fue robado, perdido o usado indebidamente, salvo fraude o negligencia grave por tu parte. Si el banco no exigía autenticación reforzada, solo respondes si actuaste de forma fraudulenta.
¿El banco me puede pedir las claves por teléfono o SMS?
No. Los bancos no piden claves ni códigos de confirmación por teléfono, correo o mensaje. Si alguien lo hace, es un intento de fraude: cuelga y llama tú al teléfono oficial de tu banco.
Preguntas frecuentes: reclamación y juicio
¿Hay que reclamar al banco antes de ir a juicio?
Sí. Primero al servicio de atención al cliente de la entidad, y desde la Ley Orgánica 1/2025 hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de demandar. La reclamación y la negociación entre abogados sirven si se hacen bien.
¿Sirve reclamar ante el Banco de España?
Es gratuito y puede presionar al banco, pero su informe no es vinculante: si la entidad no lo acepta, hay que acudir al juzgado.
¿En qué juzgado se reclama si vivo en Fuenlabrada?
En las acciones de nulidad de cláusulas, en el del domicilio del consumidor: la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Fuenlabrada, calle Rumanía, 2, salvo que estos asuntos estén concentrados en plazas especializadas, algo que comprobamos en cada caso.
Me van a ejecutar la hipoteca, ¿qué puedo hacer?
Revisar si hay cláusulas abusivas para oponerse, negociar con el banco una reestructuración o una dación en pago y, si la deuda es inasumible, estudiar la Segunda Oportunidad, que permite conservar la vivienda con un plan de pagos.
¿Cuánto cuesta reclamar al banco en Fuenlabrada?
La primera consulta es gratuita y te damos un presupuesto cerrado por escrito. Si el banco es condenado, las costas suelen ir a su cargo. También puedes pedir la asistencia jurídica gratuita si cumples los requisitos de la Ley 1/1996.
Consulta tu reclamación al banco con un abogado en Fuenlabrada
Primera consulta gratuita y confidencial. Tráenos la escritura, el contrato o los movimientos y te decimos cuánto puedes recuperar.
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