Por qué darte de baja no borra las deudas
El autónomo no tiene una sociedad que separe su patrimonio del del negocio: las deudas de la actividad son deudas personales. Si cierras sin más, los bancos, los proveedores, Hacienda y la Seguridad Social pueden seguir reclamando y embargando tus cuentas, tu nómina futura o tus bienes. Lo explicamos en detalle en cómo cerrar un negocio de autónomo con deudas.
La Segunda Oportunidad corta ese círculo: al final del procedimiento, el juez declara exoneradas las deudas que no hayas podido pagar y los acreedores ya no pueden reclamarlas.
Requisitos para un autónomo
- Ser persona física en situación de insolvencia: no puedes pagar con regularidad tus deudas a medida que vencen, o vas a dejar de poder hacerlo.
- Ser deudor de buena fe. La ley excluye, entre otros, a quien en los diez años anteriores haya sido condenado por determinados delitos económicos o sancionado por infracciones tributarias o de Seguridad Social muy graves, o cuyo concurso se haya declarado culpable (art. 487 TRLC).
- No haber obtenido otra exoneración recientemente: hay plazos de espera si ya la obtuviste antes.
Desde la reforma de 2022 ya no es obligatorio intentar antes un acuerdo extrajudicial de pagos, y se puede obtener la exoneración aunque no tengas bienes. Más detalle en requisitos de la Segunda Oportunidad en 2026.
El cauce del autónomo: el procedimiento especial para microempresas
Desde el 1 de enero de 2023, las personas físicas y jurídicas con actividad empresarial o profesional que cumplan estos dos requisitos se tramitan por el procedimiento especial para microempresas (art. 685 TRLC):
- Haber empleado durante el año anterior una media de menos de diez trabajadores.
- Tener un volumen de negocio anual inferior a 700.000 € o un pasivo inferior a 350.000 €.
La inmensa mayoría de autónomos cumple estos requisitos. Es un procedimiento más ágil, que se tramita mediante formularios normalizados, y permite dos salidas: un plan de continuación para seguir con la actividad o la liquidación ordenada. En ambos casos, como persona física puedes pedir después la exoneración de lo que quede pendiente. Tienes un ejemplo real en nuestro caso de procedimiento especial de microempresas de una constructora.
Dos vías: seguir trabajando o cerrar y empezar de cero
| Plan de pagos | Liquidación | |
|---|---|---|
| Tu actividad | Puedes seguir trabajando | Se cierra y se venden los bienes no inembargables |
| Vivienda habitual | Se conserva | Puede venderse |
| Duración | 3 años en general; 5 si conservas la vivienda habitual | La de la liquidación |
| Qué pagas | Lo que ingreses por encima del mínimo inembargable y de tus gastos razonables | Lo que se obtenga de la venta |
| Exoneración | Provisional al aprobarse el plan; definitiva al terminarlo | Al concluir el procedimiento |
Si tienes vivienda en propiedad y quieres conservarla, lee Segunda Oportunidad y vivienda habitual.
Qué deudas de autónomo se cancelan
- Préstamos, pólizas de crédito, tarjetas y descubiertos bancarios.
- Facturas pendientes con proveedores y acreedores comerciales.
- Alquileres atrasados del local o de la nave.
- Avales que hayas firmado, por ejemplo de una sociedad que cerró.
- Deuda con Hacienda y con la Seguridad Social, de forma limitada: los primeros 5.000 € de cada organismo íntegramente y el 50 % del resto, hasta un máximo de 10.000 € por organismo (art. 489.1.5.º TRLC). El Tribunal Supremo aclaró el 18/02/2026 (SSTS 259 a 264/2026) que los recargos e intereses de esa deuda, al ser créditos subordinados, pueden exonerarse por completo.
No se cancelan, entre otras, las pensiones de alimentos, las indemnizaciones por responsabilidad civil derivada de delito o por daños personales, las multas penales y los salarios de los últimos sesenta días de trabajo, dentro de los límites legales. Todo el detalle en qué deudas cancela la Segunda Oportunidad y, para la deuda pública, en deudas con Hacienda y Seguridad Social siendo autónomo.
Si trabajas a través de una sociedad limitada: las deudas de la SL son de la sociedad, no tuyas, salvo que las hayas avalado o se te derive responsabilidad como administrador. La sociedad se tramita en su propio concurso de acreedores (a menudo sin masa) y tú puedes pedir la Segunda Oportunidad por tus avales y deudas personales.
Si ya te están embargando
Con la apertura del procedimiento se paralizan, con carácter general, las ejecuciones y embargos individuales de los acreedores ordinarios. Si ya has recibido una diligencia de embargo, no esperes: lee me van a embargar como autónomo, ¿qué hago? y consúltanos cuanto antes.
Cómo lo trabajamos en Legislae
- Diagnóstico gratuito: lista de deudas, ingresos, bienes y situación de tu actividad.
- Elección de la vía: plan de pagos o liquidación, y procedimiento de microempresas o concurso según tu caso.
- Preparación de la documentación y presentación ante el juzgado de tu domicilio.
- Seguimiento hasta la exoneración definitiva.
Llevamos expedientes de Segunda Oportunidad y concurso en toda España. Casi todo el procedimiento se tramita de forma electrónica, así que no importa dónde vivas.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí. La Segunda Oportunidad está pensada para personas físicas, y el autónomo es una persona física que responde de sus deudas con todo su patrimonio. Puede cancelar tanto las deudas de su actividad como las personales, siempre que sea deudor de buena fe y no esté en alguna de las excepciones de la ley.
¿Tengo que darme de baja como autónomo para pedirla?
No necesariamente. Si tu negocio sigue siendo viable, puedes pedir la exoneración con un plan de pagos y seguir trabajando. Si la actividad ya no es viable, se cierra de forma ordenada dentro del procedimiento. La decisión depende de si el negocio genera ingresos suficientes.
¿Qué deudas de autónomo se pueden cancelar?
Préstamos y pólizas bancarias, tarjetas, deudas con proveedores, alquileres pendientes del local, avales y, de forma limitada, deudas con Hacienda y la Seguridad Social: los primeros 5.000 € de cada organismo íntegramente y el 50 % del resto, con un máximo de 10.000 € por organismo. Los recargos e intereses de esa deuda pública pueden exonerarse por completo según el Tribunal Supremo (febrero de 2026).
¿Qué es el procedimiento especial para microempresas?
Es el procedimiento que, desde el 1 de enero de 2023, se aplica a las personas físicas o jurídicas con actividad empresarial o profesional que emplearon de media a menos de diez trabajadores el año anterior y tienen un volumen de negocio inferior a 700.000 € o un pasivo inferior a 350.000 €. Es el cauce habitual del autónomo con actividad, y se tramita con formularios normalizados.
¿Y si mis deudas son de mi sociedad limitada?
Las deudas de una SL son de la sociedad, no tuyas, salvo que las hayas avalado personalmente o se te derive responsabilidad como administrador. La sociedad se tramita en su propio procedimiento concursal y tú, como persona física, puedes pedir la Segunda Oportunidad por los avales y deudas personales.
¿Cuánto tarda?
Depende de la vía y del juzgado. Con liquidación, la exoneración llega al concluir el procedimiento; con plan de pagos, la exoneración provisional se concede al aprobarse el plan y la definitiva al terminarlo, normalmente a los tres años (cinco si conservas la vivienda habitual).
Fuentes: Texto refundido de la Ley Concursal (BOE), arts. 487, 489, 495, 497 y 685, en la redacción dada por la Ley 16/2022; sentencias del Tribunal Supremo 259 a 264/2026, de 18 de febrero. Este artículo es informativo y no sustituye al estudio de tu caso.
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