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Derecho Laboral

¿Cuánto cobra un trabajador por despido improcedente en 2026?

18/05/2026 · 8 min de lectura · Juan Miguel Jiménez Cabrera — Legislae

La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades. Además, tienes solo 20 días hábiles desde el despido para actuar. Si la empresa no acredita la causa, no siguió el procedimiento o te despidió sin carta, estás ante un despido improcedente y puedes reclamar.

¿Cuándo es improcedente un despido?

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada, no sigue el procedimiento legal establecido o despide sin causa justificada. En la práctica, los motivos más habituales son:

Improcedente, nulo o procedente: las diferencias que cambian todo

Antes de actuar, conviene entender qué puede declarar el juez:

¿Embarazada, de baja o con permiso de maternidad/paternidad? El despido durante esos períodos puede ser declarado nulo aunque la empresa alegue causas económicas. La readmisión es obligatoria y los salarios de tramitación corren desde el primer día. Actúa con máxima urgencia.

Cómo se calcula la indemnización

La fórmula es 33 días de salario × años trabajados, con tope de 24 mensualidades. El salario diario se obtiene dividiendo el salario bruto anual entre 365. En ese bruto se incluyen todos los complementos fijos, pagas extraordinarias prorrateadas y pluses consolidados.

Salario anual bruto5 años10 años20 años
20.000 €~9.041 €~18.082 €~33.333 € (tope)
30.000 €~13.562 €~27.123 €~50.000 € (tope)
45.000 €~20.342 €~40.685 €~75.000 € (tope)

Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, los años previos a esa fecha se calculan a 45 días/año (en lugar de 33), con un máximo parcial de 42 mensualidades para el tramo antiguo. Este doble tramo puede suponer diferencias de miles de euros en trabajadores con mucha antigüedad. El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) regula estas cuantías.

Los salarios de tramitación: cuándo se cobran

Los salarios de tramitación son los sueldos que el trabajador deja de percibir entre la fecha del despido y la sentencia judicial. Desde la reforma laboral de 2012 no se abonan en los despidos improcedentes ordinarios cuando la empresa paga la indemnización. Sin embargo, sí corresponden en los siguientes casos:

El plazo de 20 días hábiles: el más importante

Desde el momento del despido tienes 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid). Si el plazo caduca, pierdes el derecho a reclamar la improcedencia de manera definitiva.

El plazo corre aunque no tengas carta de despido. Si la empresa te comunica el cese de forma verbal o simplemente deja de darte trabajo, el plazo empieza desde ese mismo día. No esperes a que te "pongan algo por escrito": podrías perder el derecho sin darte cuenta.

El finiquito: qué puedes firmar y qué no

El finiquito es el documento que liquida las cantidades pendientes al finalizar la relación laboral: vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras y días trabajados del mes. Firmar el finiquito no supone renunciar a reclamar la improcedencia, salvo que el documento incluya una cláusula expresa de renuncia.

Muchas empresas incorporan frases como "recibiré X euros en concepto de liquidación, finiquito e indemnización, sin que me asista ninguna reclamación ulterior". Si firmas eso, estás renunciando. La solución: añade a mano "no conforme" antes de tu firma y firma solo la recepción de la cantidad, no la renuncia. O no firmes nada hasta haber hablado con un abogado.

Qué ocurre en el acto de conciliación

La papeleta de conciliación es el paso previo y obligatorio antes del juicio. El SMAC convoca a ambas partes en un plazo aproximado de 15 días hábiles. En ese acto, la empresa puede:

En la práctica, más del 60 % de los despidos improcedentes se resuelven en la fase de conciliación, ahorrando meses de espera judicial. Un abogado laboralista puede negociar en esa fase condiciones adicionales: referencias laborales neutras, acuerdo sobre la modalidad de prestación de desempleo, etc.

Pasos para reclamar el despido improcedente

1
Reúne toda la documentación desde el primer día

Carta de despido, contrato, últimas 6 nóminas y cualquier comunicación relacionada con el cese (correos, WhatsApp, capturas de pantalla). Todo servirá como prueba.

2
Consulta con un abogado laboralista antes de firmar nada

Muchas empresas llevan el finiquito preparado el día del despido con cláusulas de renuncia. Sin asesoramiento previo, es fácil firmar algo que elimina tus derechos.

3
Presenta papeleta de conciliación ante el SMAC

Trámite previo obligatorio. Paraliza el plazo de caducidad de 20 días. Puede resolverse en la propia conciliación si la empresa reconoce la improcedencia.

4
Demanda ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo

El juez dictará sentencia calificando el despido. En los juzgados de lo social de Madrid, el plazo medio desde la papeleta hasta sentencia es de 8-14 meses.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un trabajador por despido improcedente en 2026?

La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, los años previos se calculan a 45 días/año. La cuantía exacta depende del salario bruto anual completo (con todos los complementos) y de la antigüedad acumulada.

¿Tengo 20 días para reclamar? ¿Son días hábiles o naturales?

Son 20 días hábiles: no se cuentan sábados, domingos ni festivos. El plazo empieza desde el día en que se produce el despido, aunque no tengas carta escrita. Si te comunican el cese de forma verbal o dejan de darte trabajo, el plazo ya está corriendo. Presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC dentro de ese plazo es imprescindible.

¿Qué pasa si no me dan carta de despido?

Un despido sin carta escrita es automáticamente improcedente. Si el cese es verbal o por WhatsApp, guarda esa comunicación. El plazo de 20 días hábiles corre igualmente desde que se produce el despido, con o sin carta. No esperes a recibir documentación: actúa de inmediato.

¿Qué pasa si firmo el finiquito?

Firmar el finiquito no implica renunciar a reclamar el despido, salvo que el documento incluya una cláusula expresa de renuncia a acciones. Si el finiquito contiene frases como "sin que me asista ninguna reclamación", añade "no conforme" antes de tu firma. En cualquier caso, no firmes nada definitivo sin haber hablado antes con un abogado laboralista.

¿Puedo elegir entre la indemnización y la readmisión?

No, salvo que seas representante sindical o delegado de personal. En un despido improcedente ordinario, es la empresa quien elige entre readmitirte (pagando los salarios de tramitación si los hubiera) o abonar la indemnización de 33 días/año. En la práctica, la gran mayoría de las empresas optan por pagar la indemnización.

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