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Responsabilidad Civil

Indemnización por accidente de tráfico: cómo reclamarla paso a paso

Reclamación de indemnización por accidente de tráfico · abogados en Fuenlabrada y Getafe · Grupo Legislae
Reclamación de indemnización por accidente de tráfico · abogados en Fuenlabrada y Getafe · Grupo Legislae
25/09/2026 · 9 min de lectura · Juan Miguel Jiménez Cabrera — Legislae

Si has sufrido lesiones en un accidente de tráfico sin ser el culpable, tienes derecho a que la aseguradora del vehículo responsable te indemnice. Pero la indemnización no llega sola: hay que reclamarla siguiendo un procedimiento concreto, con plazos que corren desde el primer día. Te explicamos cómo funciona, qué conceptos se pagan y qué hacer si la oferta de la aseguradora no cubre lo que te corresponde.

Qué ley regula la indemnización

Las indemnizaciones por daños personales en accidentes de circulación se calculan con el llamado baremo de tráfico, introducido por la Ley 35/2015 en el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCVM). El baremo fija cómo se valoran las lesiones, las secuelas y los perjuicios económicos, y sus importes se actualizan cada año.

El baremo es de aplicación obligatoria en los accidentes de tráfico: la aseguradora no puede ofrecerte «lo que le parezca», sino lo que resulte de aplicarlo correctamente a tu caso. Por eso es tan importante que tus lesiones estén bien documentadas desde el principio.

Qué conceptos se indemnizan

ConceptoQué cubre
Lesiones temporalesCada día desde el accidente hasta la curación o estabilización, según el grado de perjuicio (básico, moderado, grave o muy grave).
SecuelasLas lesiones que quedan de forma permanente, valoradas por puntos según la tabla del baremo y la edad del lesionado.
Perjuicio patrimonialGastos médicos y de rehabilitación, desplazamientos y el lucro cesante: lo que dejas de ingresar por no poder trabajar.
FallecimientoIndemnización a los familiares perjudicados según las tablas específicas del baremo.

Los daños materiales del vehículo se reclaman aparte, normalmente a través del propio seguro o del del responsable, y no forman parte del baremo de daños personales.

El procedimiento: reclamación previa y oferta motivada

Antes de acudir al juzgado, la ley obliga a presentar una reclamación previa a la aseguradora del vehículo responsable (art. 7 LRCSCVM). En ella se identifica el accidente, se aportan los informes médicos y se pide la indemnización.

La aseguradora dispone de tres meses para responder con una oferta motivada de indemnización —si acepta la responsabilidad— o con una respuesta motivada explicando por qué la rechaza. Si no contesta en plazo o se retrasa en el pago, se expone a pagar los intereses de demora del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

No aceptes la primera oferta sin revisarla. La oferta motivada debe detallar cómo se ha calculado cada concepto. Si no estás de acuerdo, puedes cobrar la cantidad ofrecida y seguir reclamando la diferencia, pedir un informe al Instituto de Medicina Legal o acudir a mediación antes de demandar.

Plazos: el año que no debes dejar pasar

La acción civil para reclamar la indemnización prescribe, con carácter general, en un año (art. 1968.2 del Código Civil), que se cuenta desde que conoces el alcance del daño: en la práctica, desde el alta médica o la estabilización de las secuelas. La reclamación previa a la aseguradora interrumpe ese plazo.

Por eso conviene no esperar: cuanto antes se documenten las lesiones y se presente la reclamación, más sencillo es acreditar la relación entre el accidente y los daños.

El latigazo cervical y las lesiones leves

Para los traumatismos menores de la columna —el típico «latigazo cervical»— el baremo exige un informe médico concluyente y valora criterios como que los síntomas aparezcan en un tiempo médicamente explicable (tiene especial relevancia que se manifiesten o se reciba atención médica en las 72 horas siguientes al accidente), que la zona lesionada se corresponda con el tipo de golpe y que la intensidad del accidente sea compatible con la lesión (art. 135 LRCSCVM).

En la práctica: acude a urgencias o a tu médico cuanto antes, aunque el dolor parezca leve, y guarda todos los informes. Es la prueba que más pesa en estas reclamaciones.

¿Y si el culpable no tenía seguro o se dio a la fuga?

Si el vehículo responsable no estaba asegurado, era robado o no se ha podido identificar, la indemnización la asume el Consorcio de Compensación de Seguros, dentro de los límites que fija la ley (art. 11 LRCSCVM).

¿Quién paga al abogado?

Muchas pólizas de automóvil incluyen la cobertura de defensa jurídica, y la Ley de Contrato de Seguro reconoce el derecho a elegir libremente abogado (art. 76 d). Revisa tu póliza: en muchos casos los honorarios de tu abogado de confianza los cubre tu propio seguro hasta el límite contratado.

Cómo reclamar tu indemnización paso a paso

1
Recibe asistencia médica cuanto antes

Urgencias o tu médico de cabecera, idealmente en las primeras 72 horas. Guarda todos los informes, pruebas y partes de baja.

2
Reúne la documentación del accidente

Parte amistoso o atestado policial, fotos, datos de testigos y datos del vehículo contrario y de su aseguradora.

3
Presenta la reclamación previa a la aseguradora

Por escrito y con los informes médicos. Interrumpe la prescripción y abre el plazo de tres meses para la oferta motivada.

4
Revisa la oferta motivada

Comprueba que cada concepto del baremo (días de lesión, secuelas, gastos y lucro cesante) está bien calculado antes de aceptarla.

5
Si no hay acuerdo, reclama judicialmente

Informe del Instituto de Medicina Legal, mediación o demanda civil, siempre dentro del plazo de un año.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización de un accidente de tráfico?

Con carácter general, un año desde que se conoce el alcance del daño, que en la práctica suele ser el alta médica o la estabilización de las secuelas (art. 1968.2 del Código Civil). La reclamación previa a la aseguradora interrumpe ese plazo, por lo que conviene presentarla cuanto antes.

¿Cuánto tarda la aseguradora en responder?

La aseguradora del responsable tiene tres meses desde la reclamación previa para presentar una oferta motivada de indemnización o una respuesta motivada si rechaza la responsabilidad (art. 7 LRCSCVM). Si no lo hace, puede tener que pagar intereses de demora.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la oferta de la aseguradora?

Puedes cobrar la cantidad ofrecida sin renunciar a reclamar la diferencia, solicitar un informe pericial al Instituto de Medicina Legal, acudir a mediación o presentar demanda civil. Antes de decidir, conviene revisar cómo se ha aplicado el baremo a cada concepto.

¿Me indemnizan por un latigazo cervical?

Sí, siempre que se acredite con un informe médico concluyente y se cumplan los criterios del baremo, entre ellos que los síntomas aparezcan en un tiempo médicamente explicable; tiene especial relevancia haber recibido atención médica en las 72 horas siguientes al accidente (art. 135 LRCSCVM).

¿Quién paga si el culpable no tenía seguro?

Si el vehículo responsable no estaba asegurado, era robado o no ha sido identificado, la indemnización la asume el Consorcio de Compensación de Seguros dentro de los límites legales.

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